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Lo condenaron a 9 años de prisión por abusar sexualmente de una menor de edad en Palma Sola

El Juzgado Especializado en Violencia de Género Nº 5 de San Pedro de Jujuy condenó a un sujeto, identificado como L.J.J., a la pena de nueve años de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlo penalmente responsable del delito “abuso sexual con acceso carnal”; ilícito cometido en Palma Sola contra una niña de 13 años de edad.

La pena fue aplicada en una única audiencia de juicio abreviado, tras el acuerdo al que arribaron el Fiscal, Dr. José Alfredo Blanco; el acusado, asistido por su abogado defensor, Dr. Carlos Corrado; con la participación del querellante, Dr. Luís Rojas, del Centro de Asistencia a la Víctima; de la Dra. Marcela Adriana Soria, Defensora Oficial de Niños Niñas y Adolescentes; y la asistencia de la Dra. María Belén Mayans, secretaria de Cámara a cargo de la Oficina de Gestión Judicial de San Pedro de Jujuy.

La sentencia condenatoria fue dictada el pasado 29 de noviembre del corriente año, por la jueza Especializada en Violencia de Género con funciones de control, Dra. Liliana Francisca Pellegrini, quien homologó el acuerdo al que arribaron las partes y ordenó el alojamiento definitivo del condenado en el Servicio Penitenciario Provincial.

Además, la magistrada dispuso que a través de la Oficina de Gestión Judicial se oficie al Registro Nacional de Datos Genéticos de delitos contra la Integridad Sexual para que realice la extracción de muestras genéticas del condenado a fin de que se lo incluya en el mismo.

Los hechos

Según la requisitoria de la Fiscalía, el hecho por el cual fue condenado L.J.J.  ocurrió el 9 de enero de 2022, a las 9 horas aproximadamente, en una vivienda ubicada en la localidad de Palma Sola, donde el hombre abusó sexualmente de una niña de 13 años de edad.

Vídeo conferencia

La audiencia se realizó por vía remota a través de video conferencia por medios informáticos en la plataforma de la Oficina de Gestión Judicial, que permitió la  comunicación bidireccional y simultánea de imagen y sonido e interacción visual, auditiva y verbal entre los intervinientes, asegurando la posibilidad de contradicción y el derecho de defensa con respecto a la declaración registrada.

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